A continuación se ofrece el calendario fiscal del Ayuntamiento de Ferrol que le permitirá conocer los períodos de pago de las tasas y tributos
municipales a los que esté sujeto, así como las fechas de vencimiento de cada obligación fiscal. El calendario también refleja cuando se le realizarán los cargos correspondentes en su cuenta.
Primero - Conceptos y plazos de ingreso
Los ingresos a recaudar son los pagos periódicos, correspondientes al ejercicio
2010 por los siguientes recursos:
Tabla completa (incluye Mercados y Vivienda)
Segundo - Modalidad y lugar
Para el cobro de los citados tributos el Ayuntamiento remitirá a la dirección
de los contribuyentes un díptico con el objectivo de que su importe sea ingresado, en el plazo voluntario indicado en el cuadro anterior, en las cuentas restringidas
del Ayuntamiento a través de cualquier oficina de las siguientes entidades colaboradoras, que admitirán dichos ingresos todos los días laborables para las mismas durante las horas de caja: Caixa Galicia, Caixanova, Banco Pastor, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (B.B.V.A.), Banco Santander S.A., Banco Español de Crédito, S.A. (BANESTO), Banco Caixa Geral, Banco Popular, Caja Madrid, La Caixa, Banco Gallego.
Los contribuíntes que tengan domiciliado el pago en una entidad financeira, los
recibos les serán cargados en la cuenta indicada los días señalados en el cuadro
anterior.
Las personas que no reciban o extravíen los dípticos mencionados podrán
solicitar un duplicado en las OFICINAS DEL IMFACOFE, sita en la Casa del Concello, antes del fin del plazo indicado dado que su no recepción no exonera de la
obrigación de pago ni impide la utilización de la vía de constringimiento.
Asimismo podrán solicitar cuanta información precisen en horario de LUNES
A VIERNES, de 8:30 a 14:30 horas.
Se le advierte que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por
el procedimiento de constringimiento, luego de devengar el recargo de prema, xuros de mora e, no seu caso, as custas que se produzan.
Tercero - Medios de impugnación
O presente CALENDARIO DO CONTRIBUINTE PARA O EXERCICIO 2010 é susceptible de impugnación na vía contencioso-administrativa por quenes sexan titulares de dereitos ou intereses lexítimos, sen que a interposición do recurso interrumpa a súa aplicación.
Cuarto - Posibilidade de modificación
Resérvase a esta Presidencia a facultade de modificar o presente calendario cando motivos de índole técnica, debidamente xustificados, impidan a xestión dos recursos económicos indicados nas datas sinaladas, informando de tal circunstancia ós ciudadans coa suficiente antelación.
Ferrol, 10 de diciembre de 2009.
El Presidente,
Fdo.: Vicente Luis Irisarri Castro